Aunque han querido olvidarlo y "borrar" lo sucedido, el equipo de gobierno dejó hacer durante meses o años, no sabemos bien, en el tema del vertedero ilegal de la ladera de Cadegal sobre Golifar, donde fueron llevando sin permiso los restos de la excavación de la Casa de Cultura y a lo que se añadió todo lo que se quiso, sin control alguno y hasta que se vieron pillados y obligados a rectificar en lo que pudieron tras la denuncia realizada por esta asociación.Ver todas la imagenes aquí.
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domingo, 1 de mayo de 2011
domingo, 27 de diciembre de 2009
El vertedero de Golifar 6 meses despues.
Allí sigue. Eso si, ya ha crecido la hierba. Silencio administrativo a nivel del Ayuntamiento de Ortuella y del Gobierno Vasco, pero la realidad terca, ahí está para quien la quiera ver.
jueves, 23 de julio de 2009
La versión del Ayuntamiento de Ortuella sobre la escombrera-relleno de Golifar.
(Disculpad la extensión, poco blogera, pero hemos querido poner integro el escrito)
El Arquitecto municipal ha examinado el escrito de solicitud de información sobre diversos tipos de residuos y escombros que se han vertido en la parte alta del Barrio de Golifar, y al respecto se informa lo siguiente:
En la parte media del barrio de Golifar existió una pequeña cantera denominada “Cantera Echevarria”, que fue abandonada hace más de 35 años quedando el terreno natural sin recuperar y con un socavón producto de la extracción de piedra realizada.
La voluntad y la intención del Ayuntamiento, en dicha zona, ha sido la de recuperar el entorno degradado con el paso del tiempo.
Desde el Ayuntamiento se propuso efectuar una actuación para la recuperación medioambiental de la zona, consistente en; la realización de un relleno con material de excavación (roca, cayuela, etc.) y la construcción de casetas y huertos de ocio para los vecinos de la zona.
Esta propuesta Municipal carece de proyecto específico para tal fin, pero no obstante, se inició esta actuación rellenando parte de la cantera con las tierras de excavación (roca, cayuela, etc.) procedentes de las obras de construcción de la plaza-parque de Otxartaga, realizada a finales de los años ochenta, no quedando material suficiente y adecuado para finalizar la actuación.
Desde los años noventa hasta la actualidad ha habido dos intentos de rellenos de la citada cantera, que por diversos motivos no se llevaron a cabo.
Con las obras de construcción de la nueva Casa de Cultura, que el Ayuntamiento de Ortuella está promoviendo, y dado que la excavación de tierras del solar es roca natural, se ha procedido a rellenar el hueco de la antigua cantera con la finalidad de recuperar la zona y posibilitar en el futuro la recuperación de la parte alta del barrio de Golifar, uniendo este barrio con el polígono Granada a través de un futuro camino.
Se puede afirmar y constatar con absoluta claridad que el Ayuntamiento ha permitido realizar el relleno de tierras de excavación (roca en su mayoría) exclusivamente con el material extraído de la propia obra municipal y que los vertidos de residuos a los que hace referencia en la denuncia se refieren a:
a) Vertidos superficiales de escombros de construcción procedentes de reformas de viviendas y locales realizados por particulares y depositados sin autorización.
b) Vertidos de tierras de excavación, residuos de obra, escombros de hormigón armado, etc. realizados por la empresa que ha realizado el relleno de la zona y cuyo vertido se ha efectuado superficialmente sin autorización municipal.
Ante la denuncia presentada por el asunto de referencia, y tras realizar una visita de inspección, se le ordenó verbalmente a la empresa que retirara todos los vertidos ajenos a los rellenos de tierra y roca, incluidos los depositados por particulares ilegales, y que los transportara a un vertedero autorizado.
Efectuada la operación de retirada de los vertidos no autorizados, se ha procedido al relleno superficial de la zona con tierras de excavación, con la finalidad de continuar con los trabajos de recuperación de la zona, actuando en la regeneración de la cubierta vegetal, y se ha procedido a cerrar el acceso para evitar vertidos ilegales, todo ello con inspección municipal.
Como resumen de lo solicitado por el Sr. Beitia en su escrito se informa que:
1.- El promotor del relleno de tierras del a cantera Echevarria es el Ayuntamiento de Ortuella.
2.- El autor de dicho relleno ha sido la U.T.E. Urioste, compuesta por Otaduy y Gorbelan, empresas que están ejecutando las obras de construcción de la Casa de Cultura.
3.- El relleno ha sido una actuación municipal realizada en virtud de recuperar la zona medioambientalmente de manera autónoma.
4.- No se dispone de relación documental de los materiales depositados en el relleno pero se informa que solamente se ha realizado con material de excavación (rocas, cayuelas y tierras) procedentes del solar de la Casa de Cultura, hecho que se podría constatar con un análisis del relleno efectuado.
5.- La cantidad aproximada del relleno es de 4.800 m3.
6.- La composición del relleno es de tierras y rocas procedentes de excavación natural.
7.- El origen de los materiales que componen el relleno es el solar en el que se están realizando las obras de construcción de la Casa de Cultura Municipal.
8.- La empresa encargada del transporte de tierras es Otaduy, empresa perteneciente a la U.T.E. Urioste que está realizando las obras de la Casa de Cultura Municipal.
En la parte media del barrio de Golifar existió una pequeña cantera denominada “Cantera Echevarria”, que fue abandonada hace más de 35 años quedando el terreno natural sin recuperar y con un socavón producto de la extracción de piedra realizada.
La voluntad y la intención del Ayuntamiento, en dicha zona, ha sido la de recuperar el entorno degradado con el paso del tiempo.
Desde el Ayuntamiento se propuso efectuar una actuación para la recuperación medioambiental de la zona, consistente en; la realización de un relleno con material de excavación (roca, cayuela, etc.) y la construcción de casetas y huertos de ocio para los vecinos de la zona.
Esta propuesta Municipal carece de proyecto específico para tal fin, pero no obstante, se inició esta actuación rellenando parte de la cantera con las tierras de excavación (roca, cayuela, etc.) procedentes de las obras de construcción de la plaza-parque de Otxartaga, realizada a finales de los años ochenta, no quedando material suficiente y adecuado para finalizar la actuación.
Desde los años noventa hasta la actualidad ha habido dos intentos de rellenos de la citada cantera, que por diversos motivos no se llevaron a cabo.
Con las obras de construcción de la nueva Casa de Cultura, que el Ayuntamiento de Ortuella está promoviendo, y dado que la excavación de tierras del solar es roca natural, se ha procedido a rellenar el hueco de la antigua cantera con la finalidad de recuperar la zona y posibilitar en el futuro la recuperación de la parte alta del barrio de Golifar, uniendo este barrio con el polígono Granada a través de un futuro camino.
Se puede afirmar y constatar con absoluta claridad que el Ayuntamiento ha permitido realizar el relleno de tierras de excavación (roca en su mayoría) exclusivamente con el material extraído de la propia obra municipal y que los vertidos de residuos a los que hace referencia en la denuncia se refieren a:
a) Vertidos superficiales de escombros de construcción procedentes de reformas de viviendas y locales realizados por particulares y depositados sin autorización.
b) Vertidos de tierras de excavación, residuos de obra, escombros de hormigón armado, etc. realizados por la empresa que ha realizado el relleno de la zona y cuyo vertido se ha efectuado superficialmente sin autorización municipal.
Ante la denuncia presentada por el asunto de referencia, y tras realizar una visita de inspección, se le ordenó verbalmente a la empresa que retirara todos los vertidos ajenos a los rellenos de tierra y roca, incluidos los depositados por particulares ilegales, y que los transportara a un vertedero autorizado.
Efectuada la operación de retirada de los vertidos no autorizados, se ha procedido al relleno superficial de la zona con tierras de excavación, con la finalidad de continuar con los trabajos de recuperación de la zona, actuando en la regeneración de la cubierta vegetal, y se ha procedido a cerrar el acceso para evitar vertidos ilegales, todo ello con inspección municipal.
Como resumen de lo solicitado por el Sr. Beitia en su escrito se informa que:
1.- El promotor del relleno de tierras del a cantera Echevarria es el Ayuntamiento de Ortuella.
2.- El autor de dicho relleno ha sido la U.T.E. Urioste, compuesta por Otaduy y Gorbelan, empresas que están ejecutando las obras de construcción de la Casa de Cultura.
3.- El relleno ha sido una actuación municipal realizada en virtud de recuperar la zona medioambientalmente de manera autónoma.
4.- No se dispone de relación documental de los materiales depositados en el relleno pero se informa que solamente se ha realizado con material de excavación (rocas, cayuelas y tierras) procedentes del solar de la Casa de Cultura, hecho que se podría constatar con un análisis del relleno efectuado.
5.- La cantidad aproximada del relleno es de 4.800 m3.
6.- La composición del relleno es de tierras y rocas procedentes de excavación natural.
7.- El origen de los materiales que componen el relleno es el solar en el que se están realizando las obras de construcción de la Casa de Cultura Municipal.
8.- La empresa encargada del transporte de tierras es Otaduy, empresa perteneciente a la U.T.E. Urioste que está realizando las obras de la Casa de Cultura Municipal.
Esperamos vuestras opiniones a través de los comentarios o del correo electrónico.
martes, 21 de julio de 2009
Vertedero de Golifar: Se cierra la via penal y seguimos recogiendo argumentos para denunciar la actuación.
Colaboradores de esta asociación, nos están asesorando sobre dos nuevos motivos para una nueva ampliación a la denuncia planteada , que resumimos:
1.- La infracción que supone atentar contra la Calidad paisajística. Valor frecuentemente considerado y a apreciar en la evaluaciones de impacto ambiental de actuaciones de esta naturaleza.
1.- La infracción que supone atentar contra la Calidad paisajística. Valor frecuentemente considerado y a apreciar en la evaluaciones de impacto ambiental de actuaciones de esta naturaleza.
2.- Importancia del valor pedagógico y de ejemplo de la acción de las instituciones. Si un Ayuntamiento como el de Ortuella lleva a cabo este tipo de actuaciones ¿que imagen y que ejemplo ofrecen ante los particulares en este tipo de comportamientos?¿con que valor moral se puede ejercer su labor de control ante actuaciones con impacto ambiental, y más en una zona históricamente castigada por todo tipo de acciones brutales sobre el patrimonio natural como es la zona afectada en plena zona minera vizcaína?
(Gracias por estas aportaciones y si teneis alguna nueva que hacernos podéis incluirlas en un comentario o mandarnoslas directamente a nuestro correo electrónico)
miércoles, 1 de julio de 2009
Ampliando la denuncia
Esta asociación a través de la información que está consiguiendo reunir, valorará en su reunión mensual como ampliar la denuncia que presentó en el Juzgado de Barakaldo en base a que el relleno-vertedero de Golifar nos afecta directamente en al menos estos aspectos:
1.-Contribuir a la degradación de un Punto de Interés Geológico catalogado por el estudio de Valoración Ecológica y Restauración ambiental de la Zona Minera de Bizkaia promovido por el Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Bizkaia entre otros estudios.
En concreto, el afloramiento kárstico que forma la Zona de Lapiaces de Golifar drenada subterráneamente por líneas de flujo del denominado acuífero kárstico de Gallarta, está constituido por Calizas de Rudistas y/o Calizas Micríticas. Asociados a esta formación se encuentran los criaderos de hierro de la Margen Izquierda de Bilbao conocidos desde la época de los romanos. Se presentan en biostromos métricos donde destacan organismos fósiles rudistas (requienidos, radiolítidos y monopleuridos), corales ramosos, masivos y/o cupuliformes, ostreidos, orbitolinas, equinodermos, braquiópodos, gasterópodos, lamelibranquios, algas, espongiarios, miliólidos y otros foraminíferos.
1.-Contribuir a la degradación de un Punto de Interés Geológico catalogado por el estudio de Valoración Ecológica y Restauración ambiental de la Zona Minera de Bizkaia promovido por el Departamento de Medio Ambiente de la Diputación Foral de Bizkaia entre otros estudios.
En concreto, el afloramiento kárstico que forma la Zona de Lapiaces de Golifar drenada subterráneamente por líneas de flujo del denominado acuífero kárstico de Gallarta, está constituido por Calizas de Rudistas y/o Calizas Micríticas. Asociados a esta formación se encuentran los criaderos de hierro de la Margen Izquierda de Bilbao conocidos desde la época de los romanos. Se presentan en biostromos métricos donde destacan organismos fósiles rudistas (requienidos, radiolítidos y monopleuridos), corales ramosos, masivos y/o cupuliformes, ostreidos, orbitolinas, equinodermos, braquiópodos, gasterópodos, lamelibranquios, algas, espongiarios, miliólidos y otros foraminíferos.
2.- Invasión de un Curso Fluvial. El vertido ha tenido lugar en una dolina del afloramiento kárstico de la Zona de Lapiaces de Golifar, formada por erosión hidroquimica natural de las aguas subterráneas y fluyentes en superficie. Esta dolina esta drenada superficialmente por un curso fluvial que aguas arriba del vertedero ha labrado lóbulos en la roca caliza, observables a visu. Este curso fluvial tiene carácter de torrente por su escaso recorrido y fuerte pendiente y, desemboca en el río Granada que a su vez lo hace sobre el eje del río Galindo. Es decir, hidrológicamente forma parte de la cuenca hidrográfica del río Galindo. Se trata por lo tanto de una cuenca intracomunitaria en la que el vertedero implica una conspicua invasión del espacio de dominio público hidráulico.
El artículo 1 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas [BOE núm. 176, de 24-07-2001, pp. 26791-26817 define claramente ese DOMINIO PUBLICO HIDRAULICO El torrente de Golifar invadido por el vertido de sólidos y residuos procedentes de la excavación llevada a cabo para la cimentación de la nueva Casa de la Cultura de Ortuella son aguas continentales superficiales y renovables, incluso alimentadas por descargas de la Zona Septentrional del Acuífero Kárstico de Gallarta.
En este sentido, el artículo 116 de dicha ley establece las Acciones constitutivas de infracción y, entre ellas destacan: a) La invasión, la ocupación o la extracción de áridos de los cauces, sin la correspondiente autorización. b) Los vertidos que puedan deteriorar la calidad del agua o las condiciones de desagüe del cauce receptor, efectuados sin contar con la autorización correspondiente.
Asimismo, el artículo 118 determina que “Con independencia de las sanciones que les sean impuestas, los infractores podrán ser obligados a reparar los daños y perjuicios ocasionados al dominio público hidráulico, así como a reponer las cosas a su estado anterior. El órgano sancionador fijará ejecutoriamente las indemnizaciones que procedan. Igualmente, tanto el importe de las sanciones como el de las responsabilidades a que hubiera lugar, podrán ser exigidos por la vía administrativa de apremio”.
3.- Potencial riesgo para los residentes. El citado torrente ha sido tapado por el vertedero hasta una cota superior a la de las cumbreras de las casas ubicadas a escasos metros por debajo del mismo, donde la escorrentía y las avenidas pueden generar desprendimiento de taludes y excavación de sedimentos lixiviados con potencial riesgo para los habitantes del suelo urbano residencial situado aguas abajo del vertedero en el barrio de Golifar.
El artículo 1 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas [BOE núm. 176, de 24-07-2001, pp. 26791-26817 define claramente ese DOMINIO PUBLICO HIDRAULICO El torrente de Golifar invadido por el vertido de sólidos y residuos procedentes de la excavación llevada a cabo para la cimentación de la nueva Casa de la Cultura de Ortuella son aguas continentales superficiales y renovables, incluso alimentadas por descargas de la Zona Septentrional del Acuífero Kárstico de Gallarta.
En este sentido, el artículo 116 de dicha ley establece las Acciones constitutivas de infracción y, entre ellas destacan: a) La invasión, la ocupación o la extracción de áridos de los cauces, sin la correspondiente autorización. b) Los vertidos que puedan deteriorar la calidad del agua o las condiciones de desagüe del cauce receptor, efectuados sin contar con la autorización correspondiente.
Asimismo, el artículo 118 determina que “Con independencia de las sanciones que les sean impuestas, los infractores podrán ser obligados a reparar los daños y perjuicios ocasionados al dominio público hidráulico, así como a reponer las cosas a su estado anterior. El órgano sancionador fijará ejecutoriamente las indemnizaciones que procedan. Igualmente, tanto el importe de las sanciones como el de las responsabilidades a que hubiera lugar, podrán ser exigidos por la vía administrativa de apremio”.
3.- Potencial riesgo para los residentes. El citado torrente ha sido tapado por el vertedero hasta una cota superior a la de las cumbreras de las casas ubicadas a escasos metros por debajo del mismo, donde la escorrentía y las avenidas pueden generar desprendimiento de taludes y excavación de sedimentos lixiviados con potencial riesgo para los habitantes del suelo urbano residencial situado aguas abajo del vertedero en el barrio de Golifar.
(Seguiremos informando.)
miércoles, 17 de junio de 2009
¿El Ayuntamiento de Ortuella lo sabia?
Según la información de que disponemos, la zona afectada por el vertido del Ayuntamiento de Ortuella a un paso de nuestras casas es un AFLORAMIENTO DE LAPIACES KÁRSTICOS inventariado como potencial Punto de Interes Geológico por la Diputación Foral de Bizkaia y el torrente invadido pertenece a cuenca intracomunitaria (cuenca del río Galindo) y es Dominio Publico Hidraulico.
¿Se puede hacer esta barbaridad en una zona de estas caracteristicas? Confiamos en que los tecnicos de las instituciones implicadas se lo recuerden y les hagan atenerse a la ley.
martes, 9 de junio de 2009
Plural /Anitzak pide respuestas.
Otros aspectos como los que os reflejamos en las fotos que ponemos aquí abajo nos siguen pareciendo preocupantes:
¿Se pueden quedar semienterradas estas zonas?
viernes, 29 de mayo de 2009
Y tras dos días de locos , la cosa ya casi no parece lo mismo
... pero que no nos engañen las apariencias. Desde luego está claro que sus amatxus les enseñaron a recoger bien. Ya nada parece lo que es. Eso si, no les quedó claro aquello que decían las amamas de que no se quitaba la porquería metiéndola bajo la alfombra.
Salvo pequeños flecos como el que veis aquí abajo, que nos siguen enseñando su cara de antigua escombrera , y que pronto corregirán por la cuenta que les tiene, esto en breve con la prisa que se están dando parecerá una verde campa ....
... pero seguirá estando en medio de una torrentera. Y mas temprano que tarde tendrán que acometer la tarea de que las preguntas de fondo vayan respondiéndose y resolviéndose. (Continuará)
jueves, 28 de mayo de 2009
Despues de la calma (del silencio) , viene la tempestad (la movida.)
martes, 26 de mayo de 2009
La trastienda de la Casa de Cultura que no nos cuentan
La naturaleza devuelve siempre este tipo de agresiones y creemos que se está creando además de una asquerosidad, una zona de altísima vulnerabilidad y altos riesgos de corrimientos en momentos en que las aguas hagan con el tiempo su trabajo. Es evidente el riesgo de corrimiento de tierras en el comienzo de la vaguada por la escorrentía del agua, la presencia de ratas y el uso de la zona como escombrera de construcción.
No acertamos a imaginar a quien se le ha podido ocurrir semejante locura, creemos que la motivación no puede ser otra que el enriquecimiento de alguien a costa del abaratamiento del transporte de semejante cantidad de toneladas de roca y tierras, pero es claro que debe de ponerse inmediatamente en conocimiento del Departamento de Medio Ambiente, planificación territorial, agricultura y pesca del Gobierno Vasco para que personado su personal técnico, tomen las adecuadas medidas que debieran ir encaminadas a determinar quienes son responsables de la misma, su detención y la exigencia de sanciones y de reparación a los promotores de la misma.
Terminando esta visita no dejaba de darnos vueltas a la cabeza las palabras de los vecinos que ven como la mierda cerca sus casas y que nos comentaban que ven como en estos días los camiones siguen todavía vertiendo y como se les ha prometido poner césped cubriendo la zona y ahora alguien les ha hablado de ponerles los columpios que van a quitar de la plaza de Otxartaga e instalarlos allí.
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