No es la
primera ni la segunda vez que en los últimos tiempos me he dirigido por escrito al Ayuntamiento y
no he tenido la suerte de ser contestado de una forma parecida, para bien o
para mal. Y sé que no soy ni mucho menos el único.
Y mi impresión es que los empleados municipales son personas normales y en mi experiencia algunos muy eficientes.
Y si esto pasa con simples trámites administrativos que requerían solamente contestar a cuestiones que el mismo Ayuntamiento me había requerido, ¿que no sucederá cuando es el vecino el que tiene necesidades que precisan una respuesta o una actuación?
Y mi impresión es que los empleados municipales son personas normales y en mi experiencia algunos muy eficientes.
Y si esto pasa con simples trámites administrativos que requerían solamente contestar a cuestiones que el mismo Ayuntamiento me había requerido, ¿que no sucederá cuando es el vecino el que tiene necesidades que precisan una respuesta o una actuación?
Ahora que a este problema
endémico, le han añadido un Manual de
Trámites con su montón de fichas de cómo dicen que van a hacer con nuestros tramites,
me sale un poco de sarpullido al pensar el tipo de respuesta que podrán dar. Un buen diagnóstico de lo que ocurre no pasa por lo que sepan o no sepan hacer los vecinos
o los empleados municipales, sino por
encontrarnos ante una administración claramente colapsada para resolver cuestiones
ordinarias por unos procedimientos extraburrocráticos
a lo que hay que añadir sobre todo una insuficiencia de personal crónica, que
además no está bien organizado ni motivado y en algunas ocasiones con unas formas de hacer las cosas poco permeables a los cambios.
En mi opinión, este tipo de
manuales con una situación como la descrita no hace más que añadir leña al
fuego de la mala leche que genera que desde una administración cercana se pueda
hacer frente con tantas dificultadas a
las cosas más necesarias y del día a día.
Además, si durante años el
Ayuntamiento no es capaz de poner en marcha y resolver las propias mociones que aprueba; de enviar a
los vecinos o concejales que lo solicitan información sobre los asuntos de
gestión, y a lo que además se
comprometen en público; si acumulan retrasos importantes en la ejecución de las
acciones que ellos mismos prometen en sus procesos de participación,… ¿qué
podemos esperar de esta iniciativa además de un buen titular en la prensa amiga
que les da “publicidad”?
Por otro lado es bastante difícil de entender los plazos que se dan para responder o no a cuestiones como estas: reuniones con concejales, personal o el alcalde y no se nos conteste, quiere decir denegación si no se contesta en una semana. // Si solicitas un certificado sobre un solar, o una licencia de obras para acondicionar un local, o una licencia para un cambio de titular de una actividad, deberemos de esperar hasta un mes para saber que se nos ha denegado a falta de contestación. // Si se trata de solicitar una inhumación, o solicitar una exhumación, o solicitar una concesión o renovación de un nicho, o una licencia de obra menor, o una licencia de habitabilidad, o la instalación provisional de un andamio hay un plazo para recibir contestación de tres meses, y si al cabo de ese tiempo no hay contestación el asunto queda denegado.
Parece increíble que si necesitas solicitar el Servicio de Ayuda a Domicilio, o una ayuda de emergencia social, o las Ayudas de Máxima Necesidad ; si quieres alquilar una vivienda municipal, o una parcela de garaje municipal, o quieres trasmitirla ; o apuntarte a actividades en el centro de personas mayores, por ejemplo, la corporación tiene 6 meses para contestar, y la respuesta es no si no hay contestación en ese tiempo.
Nuevamente la marca
Ortuella haciendo gala de su emblemático lema: Lo inmediato, lo hacemos
imposible.
7 comentarios:
El Ayuntamiento de Ortuella ni se inventa las leyes ni los plazos que en ellas se marcan.
El Silencio Administrativo y sus plazos lo contemplan la Ley de Procedimiento Administrativo, de obligado cumplimiento, con ello no quiere decir que el Ayuntamiento no tenga obligación de resolver, pero tiene que informar de esto también.
No saquemos punta donde no la hay....
https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565
¿De que silencio administrativo me hablas?
La tesis de la entrada que comentas no esta en ningun BOE, no es una cuestion juridico-legal,es en mi criterio esta otrá:
"Un buen diagnóstico de lo que ocurre no pasa por lo que sepan o no sepan hacer los vecinos o los empleados municipales, sino por encontrarnos ante una administración claramente colapsada para resolver cuestiones ordinarias por unos procedimientos extraburrocráticos a lo que hay que añadir sobre todo una insuficiencia de personal crónica, que además no está bien organizado ni motivado y en algunas ocasiones con unas formas de hacer las cosas poco permeables a los cambios."
No hay como una vacía cita del BOE para pretender zanjar una discusión. Di que sí.
"Por otro lado es bastante difícil de entender los plazos que se dan para responder o no a cuestiones como estas: reuniones con concejales, personal o el alcalde y no se nos conteste, quiere decir denegación si no se contesta en una semana. // Si solicitas un certificado sobre un solar, o una licencia de obras para acondicionar un local, o una licencia para un cambio de titular de una actividad, deberemos de esperar hasta un mes para saber que se nos ha denegado a falta de contestación. // Si se trata de solicitar una inhumación, o solicitar una exhumación, o solicitar una concesión o renovación de un nicho, o una licencia de obra menor, o una licencia de habitabilidad, o la instalación provisional de un andamio hay un plazo para recibir contestación de tres meses, y si al cabo de ese tiempo no hay contestación el asunto queda denegado.
Parece increíble que si necesitas solicitar el Servicio de Ayuda a Domicilio, o una ayuda de emergencia social, o las Ayudas de Máxima Necesidad ; si quieres alquilar una vivienda municipal, o una parcela de garaje municipal, o quieres trasmitirla ; o apuntarte a actividades en el centro de personas mayores, por ejemplo, la corporación tiene 6 meses para contestar, y la respuesta es no si no hay contestación en ese tiempo."
Te refieres en todo momento a los plazos que se dan en el Manual de Trámites. Lo que viene siendo los plazos que marca el silencio administrativo.
Y si el titular del comentario posterior se hubiese molestado en mirar el Enlace al BOE y buscar en él la definición de Silencio Administrativo... vería que no era un cita vacía y tenía su significado.
No estoy de acuerdo contigo en que el Ayuntamiento este tan desbordado,lo que creo es que están a lo que están.
Mirad sino en fiestas como han podido hacer las cosas razonablemente bien.Cuando hay ganas,ponen medios y hacen un esfuerzo las cosas van. Si hay cosas que les importa menos,digan lo que digan,se nota en que quedan desatendidas u olvidadas.
De verdad que hay alguien que tenga dudas de que en la plantilla municipal faltan oficiales de obras, policías municipales,verdaderos animadores culturales,etc.????
Cuando este ayuntamiento se dirige a los vecinos lo suele hacer de dos maneras: Cuando les dices algo con buenas palabras, que luego no siempre tienen hechos detras y con la propaganda que suelen meter de vez en los periodicos, en anuncios, o buzoneando de cuando en cuando para que nos enteremos de lo que quieren que nos enteremos o miremos hacia donde ellos quieren que miremos y no veamos otras cosas que pasan.
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